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Gobernador Luis Pérez llama al IGAC a no asumir competencias ajenas y reitera su defensa sobre Belén de Bajirá

- Frente al IGAC y al mapa que ubica a Belén de Bajirá en Chocó, el Gobernador dijo ante la Comisión Especial de Seguimiento al proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial de la Cámara de Representantes, que: “da vergüenza que una entidad pública funcione haciendo chanchullos, escondiendo información y desconociendo las normas que a ellos mismos los rigen”. 

En un debate de Control Político al Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGAC- efectuado esta mañana en la Comisión Especial de Seguimiento al proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial de la Cámara de Representantes, el gobernador de Antioquia Luis Pérez Gutiérrez, argumentó basado en Leyes, Ordenanza y Decretos, por qué el Congreso de la República y el Consejo de Estado son las instancias llamadas a dirimir el conflicto limítrofe que se presenta desde el año 2000 entre los departamentos de Antioquia y Chocó, y no el IGAC. 

El mandatario seccional hizo énfasis que desde hace 114 años, Belén de Bajirá está ubicado oficialmente en el territorio del departamento de Antioquia, de acuerdo con los mapas emitidos por la Oficina de Longitudes del Ministerio de Relaciones Exteriores de la época (En 1905 y 1908, 1942); y luego por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi - IGAC en los años 1944, 1952, 1973, 1982, 1987 y 2003. 

En 2016 el IGAC emitió un nuevo mapa en el que ubicó a Belén de Bajirá de Mutatá y a tres corregimientos de Turbo (Blanquiceth, Macondo y Nuevo Oriente) en el departamento del Chocó. 

En su intervención, Pérez Gutiérrez, señaló que esta publicación se dio, luego de que representantes del Ministerio del Interior de una manera irresponsable e ilegal, se fueran a negociar un paro con el pueblo chocoano, en el que se comprometieron con “adoptar medidas que garanticen la integridad y el dominio territorial del Chocó sobre Belén de Bajirá”, según consta en el documento firmado. 

“Es decir levanten el paro y yo les entrego a ustedes Belén de Bajirá, sin que importe el Congreso de la República y sin que importe el Consejo de Estado”, precisó el Gobernador de Antioquia, quien explicó que esto es lo que originó el mapa de 2016 del IGAC. 

Explicó que en 2015, el IGAC con un informe de límite dudoso comenzó a tramitar ante el Congreso de la República el deslinde entre los dos departamentos, pero como se dio la negociación en el paro, esta entidad, sin cambiar el informe, le indicó al Congreso que el límite no era dudoso. 

Debido a ello, el Congreso, sin renunciar a su competencia y obligación de dirimir un conflicto limítrofe, devolvió el informe al IGAC argumentando entre otras cosas, que: “No cumplía con los requisitos esenciales de límite dudoso del artículo 8 de la ley 1447 de 2011”. Pero esta entidad “de manera avivata se tomó la potestad de dirimir un conflicto que lleva años, que no nació hace ocho días” y decide publicar el mapa.

Por eso es que el mapa, en opinión del Gobernador “es un chanchullo, un acto de corrupción. Es un acto delictuoso. Es que los que publicaron ese mapa debían ir a la cárcel. ¿Por qué razón? Porque para publicar un mapa de un Departamento, la Ley y el mismo IGAC en su Resolución 1093 del 2015, Parágrafo 1 Artículo 5, dice: “Para proceder a elaborar y publicar el mapa oficial de una entidad territorial debe contar de manera previa con concepto favorable del representante legal de la entidad territorial respectiva” y, escuchen esto; “el de todos los representantes legales de las entidades territoriales colindantes”. El mapa publicado carece del concepto favorable y de las firmas de los gobernadores del Chocó, Antioquia, Valle, Caldas y Risaralda. El Gobernador Luis Pérez Gutiérrez remató diciendo: “O sea que en esencia, aquí hay un acto casi criminal”. 

El gobierno Santos trató de dirimir el conflicto, pero para ello debía elevar previa consulta al Consejo de Estado y lo hizo a través de cinco preguntas efectuadas el 30 de julio de 2014. Estas preguntas hacían referencia a las normas aplicables a definición del diferendo, el órgano competente para dirimirlo, el procedimiento a seguir, se consideran válidas las actuaciones para la definición del diferendo y si se puede tomar el límite provisional hasta que la autoridad competente lo defina.

El Consejo de Estado respondió:

Se aplica la Ley 1447 del 2011 y el Decreto reglamentario 2381 de 2012

Que la plenaria del Senado es la responsable de resolver el diferendo limítrofe entre Antioquia y Chocó.

Que el procedimiento está señalado en los artículos 9, 11, y 12 de la Ley 1447 de 2011 y su decreto reglamentario.

No son válidas las actuaciones y que corresponde al Congreso de la República y a las Comisiones Especiales de Seguimiento al Proceso de Descentralización y Ordenamiento Territorial del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, iniciar nueva actuación con base en el procedimiento previsto en los artículos 9,11 y 12 de la Ley 1447 de 2011 y su decreto reglamentario.

Que el trazado técnico fijado por el IGAC enviado al Ministerio del Interior y de Justicia a través del Oficio 008118 del 23 de mayo del 2003 es el límite provisional hasta que la plenaria del Senado de la República establezca el definitivo.

El Gobernador de Antioquia, Luis Pérez Gutiérrez, al concluir su presentación ante la Comisión Especial de Seguimiento pidió que se anule el mapa de 2016, que el diferendo se realice acorde con las leyes vigentes, es decir, respetando la competencia del Congreso en cuanto a la definición de conflictos limítrofes y se proteja y se vele por los derechos de la población de Belén de Bajirá, Blanquiceth, Macondo y Nuevo Oriente.

Gobernación de Antioquia
Oficina de Comunicaciones
Medellín, 21 de agosto de 2019
Elaboró: Jacqueline Duque Castaño
Revisó: Jorge Humberto Moreno
#607

 

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