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Criterios Para Una Buena Formulación De Proyectos

1. El proyecto debe estar enmarcado dentro de las líneas, componentes, programas y proyectos del plan de desarrollo, de esta manera se podrá relacionar y vincular con el sistema de monitoreo y seguimiento determinado para tal fin.

2. La definición de “problema o necesidad”, el “objetivo general del proyecto” y la “descripción del proyecto”, deben presentar relación con los contenidos definidos en las líneas, componentes, programas y proyectos del plan de desarrollo departamental. El formulador puede relacionar los datos de los indicadores del plan de desarrollo departamental como fuente de información de referencia. (La utilización de esta información como referencia evidencia la relación entre el proyecto formulado y el plan de desarrollo).

3. El proyecto debe estar acompañado del concepto de viabilidad emitido por el directivo del organismo competente quien será designado como organismo responsable para efectos del registro y seguimiento en el sistema de monitoreo. Para la definición del concepto de viabilidad deben ser considerados los criterios definidos para tal fin por parte del departamento de Antioquia.

4. La formulación del proyecto debe ser realizada en la metodología general ajustada vigente, elaborada por el DNP, disponible en la página www.dnp.gov.co.

5. El horizonte de evaluación del proyecto debe tener definido el año inicial como mínimo el año calendario en que se solicita el registro del proyecto al SSEPI o superior. El año final debe ser coherente con el tipo de proyecto a realizar. Para los proyectos de interés público se sugiere mínimo un horizonte de 4 años.

6. La formulación del proyecto debe tener los resultados de los análisis financieros y económicos – social de: Valor presente neto, tasa interna de retorno y costos anuales equivalentes evaluados numéricamente. El análisis de estos resultados se suscribe dentro de los lineamientos y explicaciones definidas por la metodología de formulación de proyectos del DNP. Además, si la TIR supera la tasa de descuento se acepta la inversión, en caso contrario se rechaza.

7. Debe verificarse en el esquema financiero del proyecto y como está definido en la metodología que los costos de operación y mantenimiento, así como los ingresos y beneficios, se estima a partir del año siguiente, al año en que se realiza la inversión y subsecuentes.

8. Analizar la relación costo – beneficio y esto como se retribuye socialmente, es un paso de un valor importantísimo en la formulación de proyectos públicos.

9. Como mínimo una de las fuentes de financiación propuestas en el proyecto debe ser coincidente con las fuentes de financiación oficialmente establecidas, además de considerar la factibilidad y la pertinencia de financiación al sector de inversión del proyecto. Deben ser proyectos ajustados a una realidad financiera plasmada en el plan de desarrollo.

10. Los años para los cuales se definen las fuentes de financiación de la inversión deben ser coincidentes con los años en que se definen los recursos para esa etapa, igual ocurre para la etapa de operación y mantenimiento.

11. Todos los proyectos deben tener sustentados los costos de pre inversión (como mínimo el costo de formulación del proyecto) y costos de operación y mantenimiento (como mínimo 4 años después de terminada la inversión del proyecto).

12. Los indicadores del proyecto deben tener una relación directa con los sectores de inversión en el cual se enmarca o en su defecto a los componentes, programas y proyectos del Plan de desarrollo departamental. Como mínimo deben ser definidos un indicador de impacto, un indicador de producto, un indicador de gestión, un indicador de ciencia y tecnología, un indicador de eficiencia (ejecución presupuestal).

13. En la definición de los ingresos anuales de operación, debe tenerse en cuenta que durante la vigencia de inversión no se reciben ingresos, solo podrán ser programados a partir de la vigencia siguiente a la ejecución de los recursos. Igual ocurre para los beneficios cualquiera sea su concepto.

14. Para efectos de verificación de la información enviada, se debe conocer el nombre del servidor público que formuló el proyecto, el organismo al que pertenece, el cargo y el número telefónico.

15. De acuerdo a la magnitud y complejidad del proyecto puede ser necesaria la solicitud de información adicional o complementaria como: planos, presupuesto de inversión discriminado por costos unitarios, planos definitivos del proyecto, cotizaciones, fotografías o cualquier otro soporte de información que permita verificar los contenidos y calidad de la formulación del proyecto.

16. La definición de fuentes de financiación correspondientes a otros entes territoriales, otros organismos públicos, empresas privadas, entre otros no compromete al departamento de Antioquia y la gestión correspondiente recae sobre el responsable del proyecto.

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