La Ley
46 de 1988 y el Decreto 919
de 1989, crea y organiza el Sistema Nacional para la
Prevención y Atención de Desastres a nivel
nacional, departamental y local. El Artículo 60 determina
la conformación básica de los Comités
Regionales y Locales, mientras los Artículos 61 y
62, asignan las funciones respectivas.
Mediante
el Decreto 2976 de 1992,
fue constituido el Comité Regional de Prevención
y Atención de Desastres -CREPAD, integrado por las
diferentes instituciones gubernamentales y no gubernamentales,
que tienen como función la definición de políticas
generales para las acciones de prevención, atención
y recuperación de desastres.
El Departamento
Administrativo del Sistema de Prevención, Atención
y Recuperación de Desastres DAPARD, fue creado y
organizado mediante ordenanza 041 de 1995 y su Decreto Reglamentario
2953 de 1995.
Por Ordenanza
18 de 1996 y Decreto 820 de 2001, le corresponde al Director
del DAPARD coordinar el apoyo para la atención integral
a la población desplazada por la violencia en Antioquia.
Por ordenanza
22 de 1997 se crea el Fondo para la Prevención, Atención
y Recuperación de Desastres.
LA REDUCCIÓN
O MITIGACIÓN DE LOS DESASTRES ES UN CAMPO MULTISECTORIAL
Y TRANSVERSAL POR LO QUE EL DAPARD, PROMUEVE EN EL DEPARTAMENTO
DE ANTIOQUIA EL FORTALECIMIENTO DE LA RED DE PREVENCIÓN,
ATENCIÓN Y RECUPERACIÓN DE DESASTRES DE ORIGEN
NATURAL, ANTRÓPICO Y TECNOLÓGICO, MEDIANTE
LA COORDINACIÓN, COMPLEMENTARIEDAD E INTERMEDIACIÓN
DE LA ACCIÓN MUNICIPAL, CON OPORTUNIDAD, EFICIENCIA,
SOLIDARIDAD Y EQUIDAD.
El quehacer
del DAPARD va dirigido a la coordinación de acciones
eficientes y eficaces, con miras a prestar los servicios
de asesoría, formación y apoyo a los 125 municipios
del departamento de Antioquia a través de los Comités
Locales de Prevención, Atención y Recuperación
de Desastres -CLOPAD- en las FASES DE PREVENCIÓN, ATENCIÓN Y RECUPERACIÓN de desastres. causados por fenómenos naturales, tecnológicos
y antrópicos.