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  4. Ante la Corte Constitucional, el Gobernador Andrés Julián solicitó la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley que permite la creación de las ZPPA y APPA en el país

Ante la Corte Constitucional, el Gobernador Andrés Julián solicitó la declaratoria de inconstitucionalidad de la ley que permite la creación de las ZPPA y APPA en el país

Medellín, 5 de mayo de 2025.

  • El mandatario solicitó la inconstitucionalidad de esta norma, en tanto, constituye una usurpación del Gobierno Nacional sobre las competencias propias de los concejos municipales para definir los usos del suelo.
  •  Andrés Julián pidió que se declarara inconstitucional la creación de las ZPPA y las APPA en Antioquia y en el país, por ser una norma impuesta. 

El Gobernador Andrés Julián radicó una intervención ante la magistrada ponente de la Corte Constitucional, Natalia Ángel Cabo, en la que pide la inconstitucionalidad de la ley 2294 de 2023 que permite la creación de las Zonas de Protección para la Producción de Alimentos ZPPA y por consiguiente las Áreas de Protección para la Producción de Alimentos – APPA en tanto constituye una usurpación del Gobierno Nacional de las competencias propias de los Concejos municipales para definir los usos del suelo en sus territorios, vulnerando la autonomía que da la Constitución a las entidades territoriales. 

Vale la pena recordar que la Corte Constitucional, mediante Auto del 19 de marzo de este año, admitió una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 32 de la Ley 2294 de 2023 que permite al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural la declaración unilateral de Áreas de Protección para la Producción de Alimentos – APPA en el territorio nacional. Esta norma es el fundamento para la determinación de Zonas de 
Protección para la Producción de Alimentos – ZPPA en la subregión del Suroeste antioqueño, como paso previo a la constitución de las APPA en el departamento de Antioquia. 

En su intervención, el Gobernador reconoce el modelo de Estado unitario descentralizado y con autonomía de las entidades territoriales que establece el artículo 1 de la Constitución. Por eso, agregó que la ley demandada desconoce la autonomía municipal en materia de ordenamiento territorial y reglamentación de los usos del suelo en los territorios, vulnerando los artículos 1, 287, 311 y 313.7 de la Carta Magna. 

Sostuvo además que la norma en cuestión no prevé mecanismos de coordinación del Ministerio de Agricultura con los Departamentos, Distritos y Municipios para la declaración de las APPA, ni para la reglamentación de los usos del suelo en ellas, vulnerando los artículos 2, 287 y 288 de la Constitución. Finalmente, se demostró que la norma, que hace parte del Plan de Desarrollo 2022-2026 del Gobierno Nacional, es desproporcionada ante la afectación del núcleo esencial de la autonomía de las entidades territoriales. 

Por lo anterior, el Gobernador le solicitó a la Corte Constitucional que declarara la inconstitucionalidad del artículo 32 de la Ley 2294 de 2023 y, por ende, que no se permita la imposición de dichas áreas por parte del Gobierno Nacional en Antioquia, ni en ninguna otra parte de Colombia. En el mismo sentido se ha pronunciado la Federación Nacional de Departamentos, Fedemunicipios, Asocapitales, varias Universidades y juristas del país.

 


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