Medellín, 2 de septiembre de 2026.
- El beneficio tributario, aprobado por la Ordenanza 10 de 2026 de la Asamblea Departamental, incluye Tasa de Seguridad, impuesto al consumo, valorización, entre otros.
- La Gobernación de Antioquia busca que los contribuyentes se pongan al día con sus obligaciones y aumentar el recaudo.
El próximo 15 de septiembre es la fecha límite para que los contribuyentes con obligaciones tributarias y no tributarias pendientes con la Gobernación de Antioquia accedan a descuentos, entre el 70 % y el 90 %, en sanciones e intereses de mora.
“Invitamos a los contribuyentes deudores de estos tributos para que se pongan al día con sus obligaciones y evitar el inicio de los procesos de cobro coactivo”, explicó la directora de Fiscalización y Control, María Alejandra Escobar Mejía.
Entre los tributos está la Tasa Especial de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que tiene una disminución de 90 % en intereses de mora para facturas expedidas en 2025, correspondientes al primer, segundo y tercer trimestre del año. Los contribuyentes pueden acceder al beneficio y ponerse al día en: https://tasaseguridad.antioquia.gov.co/.
También aplica para la contribución de valorización, con un descuento de 70 % en intereses en mora para obligaciones asociadas a 40 proyectos viales gravados entre la década de los 90 y 2016. Entre estos proyectos se encuentran las vías Puerto Triunfo – Puerto Nare, Puente Iglesias – Líbano (Támesis), Caucasia – Nechí, Bello – Hatillo, Hatillo – Pradera, Carabanchel – La María, Puro Cuero – Chapineros (El Retiro), El Limón – Anorí y Guatapé – San Rafael – San Carlos, entre otros.
El pago puede realizarse en www.antioquia.gov.co, en la ruta: Pagos en línea → Pago de valorización. Para resolver inquietudes, los ciudadanos pueden escribir a
Vale la pena recordar que, para acceder al beneficio, los contribuyentes deben pagar la totalidad del capital adeudado.
Este aplica también a obligaciones incluidas en acuerdos de pago suscritos antes de la expedición de la ordenanza. En estos casos, la liquidación de los intereses de mora se realizará con base en la tasa vigente definida por el Departamento.
Otras obligaciones tributarias y no tributarias con el beneficio son:
| Concepto | Intereses | Sanciones |
| Impuesto al consumo | 70% | 70% |
| Sanción de tornaguías | No aplica | 70% |
| Procesos contravencionales | 70% | 70% |
| Estampillas | 90% | 90% |
| Contribución especial | 90% | 90% |
| Sobretasa a la gasolina | 70% | 70% |
| Impuesto al degüello | 70% | 70% |
| Fondo Departamental para la promoción de Proyectos Productivos (FODES) | 90% | No aplica |
Quienes tengan deudas por estos conceptos y requieran asesoría en la liquidación o pago pueden escribir a